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Normativa Montevideo

Artículo D.4462

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4462

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / De las Viviendas Populares / Disposiciones aplicables a las Viviendas Populares

Articulo D.4462

Los interesados deberán aportar, junto con la solicitud, los siguientes datos: A - Ubicación, número de padrón del inmueble, número de sección judicial y número de carpeta catastral. B - Número de puerta y alineación de linderos. C - Programa de necesidades que permita la elección del plano tipo. D - Presentación de Certificado Notarial que acredite la propiedad o la calidad de promitente comprador, de la planilla de contribución inmobiliaria del ejercicio en curso y los recibos de tributos departamentales al día, o convenio de pago de deudas pendientes; o documentación de la Intendencia de Montevideo o del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente de la cual surja la adjudicación del predio en caso de tratarse de un lote departamental o del Estado.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663