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Normativa Montevideo
Artículo D.4489
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4489
Articulo D.4489
Ventilación de baños. La ventilación del baño se debe realizar por vano al exterior o por ducto reglamentario. El vano debe tener una superficie mínima de cero con veinte metros cuadrados (0,20 m²), el ducto debe tener una superficie mínima de cero con cero tres metros cuadrados (0,03 m²) con lado mínimo de cero con doce metros (0,12 m), de mampostería o prefabricado de superficie interior lisa e impermeable. Se admite la ventilación mecánica.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663