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Normativa Montevideo

Artículo D.4493

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4493

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / De la Rehabilitación de edificios / Normas sobre rehabilitación de Edificios

Articulo D.4493

Instalaciones sanitarias. Las instalaciones sanitarias exteriores se deben ajustar a las disposiciones en la materia. Su recorrido dentro de las unidades de vivienda implicará en estas servidumbres, por lo que se deberá asegurar en lo posible el acceso a los puntos de inspección. Para el caso que se utilicen las cañerías existentes, se exige de las mismas una prueba que acredite su buen funcionamiento.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663