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Normativa Montevideo
Artículo D.4493
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4493
Articulo D.4493
Instalaciones sanitarias. Las instalaciones sanitarias exteriores se deben ajustar a las disposiciones en la materia. Su recorrido dentro de las unidades de vivienda implicará en estas servidumbres, por lo que se deberá asegurar en lo posible el acceso a los puntos de inspección. Para el caso que se utilicen las cañerías existentes, se exige de las mismas una prueba que acredite su buen funcionamiento.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663