Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.4502

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. D.4502

Planeamiento de la Edificación. / Planeamiento de la Edificación. / Legislativa / De las disposiciones referentes a la accesibilidad para todas las personas en los espacios urbanos y en las edificaciones / Normas relativas a la accesibilidad universal

Articulo D.4502

Los proyectos de edificios colectivos con destino residencial que se lleven a cabo por organismos públicos o privados deben ser accesibles o poder convertirse en accesibles. Asimismo el conjunto en general, debe ser adecuado para facilitar el acceso y uso de los lugares comunes.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663