Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.1630.27

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1630.27

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Habilitaciones y registros de establecimientos industriales y comerciales / Instalaciones Mecánicas y Eléctricas

Articulo R.1630.27

Certificado de habilitación (Artículo D.4082.22 del Digesto Departamental). Una vez terminada la instalación el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (SIME) realizará la inspección final. De resultar la misma sin observaciones, se extenderá certificado de habilitación correspondiente.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663