Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.1630.31

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1630.31

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Habilitaciones y registros de establecimientos industriales y comerciales / Regulación Alimentaria

Articulo R.1630.31

Requisitos. Las solicitudes de habilitación que se gestionen ante el Servicio de Regulación Alimentaria, deberán contener los siguientes datos: a) datos identificatorios de la empresa e indicación de la totalidad de las actividades a las que se dedicará; b) datos identificatorios del titular de la empresa; c) datos identificatorios del representante legal, si corresponde; d) datos identificatorios del representante técnico; e) certificados exigibles, de acuerdo al tipo de alimento y actividad a desarrollar; f) declaración de los procesos alimentarios a emplear y tipos de equipos a utilizar; g) listado de los alimentos que comercializará para todo tipo de consumidores; h) memoria descriptiva sucinta de las condiciones de procesamiento de cada tipo de alimento que figure en el listado de alimentos; i) declaración de los Procesos Operativos Estandarizados de Saneamiento; j) declaración de plan de trazabilidad para empresas elaboradoras, fraccionadoras, importadoras o distribuidoras, con o sin depósito en el Departamento de Montevideo; k) plan de control preventivo de plagas; l) cualquier otra información o documentación que el Servicio de Regulación Alimentaria solicite en forma fundada.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663