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Normativa Montevideo
Artículo R.1630.6
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1630.6
Articulo R.1630.6
Procedimiento. El interesado presentará la solicitud de habilitación o registro a través de la vía que señale la Intendencia de Montevideo, ajustándose a las formalidades y requisitos que se establezcan a tales efectos. Recibida la solicitud, el Servicio de Atención a la Ciudadanía efectuará el control de admisibilidad y validación de los datos y documentos presentados y formulará las observaciones que entienda pertinentes. La validación de los datos por el mencionado Servicio, a ningún efecto se considerará como habilitación ni autorización para funcionar. Validados todos los datos, sin observaciones, el interesado continuará el trámite presentando la información y recaudos exigibles.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663