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Normativa Montevideo

Artículo R.1652.1

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1652.1

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Normas para edificios destinados a alojamiento temporario / Casa de Inquilinato

Articulo R.1652.1

El anuncio identificatorio del inmueble como "CASA DE INQUILINATO" a que refiere el artículo D.4107.3 , deberá ser ubicado al frente de la fachada del edificio y en lugar visible, teniendo como mínimo una dimensión de 0.40 mts. de ancho por 0.60 mts. de largo o su equivalente en metros cuadrados.
Notas
El anuncio identificatorio del inmueble como "CASA DE INQUILINATO" a que refiere el artículo D.4107.3, deberá ser ubicado al frente de la fachada del edificio y en lugar visible, teniendo como mínimo una dimensión de 0.40 mts. de ancho por 0.60 mts. de largo o su equivalente en metros cuadrados.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663