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Normativa Montevideo
Artículo R.1652.3
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1652.3
Articulo R.1652.3
Sin perjuicio de lo establecido en los artìculo D. 4107.1 y siguientes, el arrendador tendrá los siguientes derechos y obligaciones: DERECHOS DEL ARRENDADOR: - Celebrar un contrato de arrendamiento con el inquilino. -Percibir el precio del arriendo establecido en el contrato de arrendamiento.- OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR: -Mantener en condiciones higiénicas y de habitabilidad el inmueble de conformidad con lo dispuesto en el artículo D. 4107.16 . - Mantener permanentemente el servicio de agua corriente de conformidad a lo dispuesto en el literal b) artìculo D.4107.16
Sin perjuicio de lo establecido en los artìculo D. 4107.1 y siguientes, el arrendador tendrá los siguientes derechos y obligaciones:
DERECHOS DEL ARRENDADOR:
- Celebrar un contrato de arrendamiento con el inquilino.
-Percibir el precio del arriendo establecido en el contrato de arrendamiento.-
OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR:
-Mantener en condiciones higiénicas y de habitabilidad el inmueble de conformidad con lo dispuesto en el artículo D. 4107.16.
- Mantener permanentemente el servicio de agua corriente de conformidad a lo dispuesto en el literal b) artìculo D.4107.16
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663