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Normativa Montevideo

Artículo R.1655

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1655

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / De la propiedad horizontal / Convenio entre el Banco Hipotecario del Uruguay y la Intendencia de Montevideo a los fines establecidos en el art. 35 de la ley 14.261

Articulo R.1655

A los efectos legales pertinentes, el Banco Hipotecario del Uruguay expedirá a cada interesado, un certificado acreditando que se trata de un proyecto con factibilidad aprobada y que se ha iniciado el trámite definitivo de concesión del préstamo, con indicación del nombre del gestionante, número de padrón del predio e individualización del mismo respecto a las vías públicas frentistas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663