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Normativa Montevideo

Artículo R.1657

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1657

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / De la propiedad horizontal / Convenio entre el Banco Hipotecario del Uruguay y la Intendencia de Montevideo a los fines establecidos en el art. 35 de la ley 14.261

Articulo R.1657

A cada interesado deberá serle entregada una tarjeta acreditando la presentación de la Fórmula B, debiendo constar necesariamente en ella, los siguientes datos: a) que el permiso se tramita según el artículo 35 de la Ley 14.261 ; b) fecha de presentación de la Fórmula B; c) número de padrón e individualización del predio.
Notas
A cada interesado deberá serle entregada una tarjeta acreditando la presentación de la Fórmula B, debiendo constar necesariamente en ella, los siguientes datos: a) que el permiso se tramita según el artículo 35 de la Ley 14.261; b) fecha de presentación de la Fórmula B; c) número de padrón e individualización del predio.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663