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Normativa Montevideo

Artículo R.1662

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1662

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / De la propiedad horizontal / Del mantenimiento de la instalación de agua corriente

Articulo R.1662

Establecer que para la incorporación al régimen de Propiedad Horizontal de edificios existentes, cualquiera sea la fecha de su construcción, se admitirá el mantenimiento de tuberías de agua corriente en el interior de muros separativos de unidades, entre locales destinados al baño y cocina, lo que se hace extensivo a muros de 20 cm de espesor, y a muros de 15 cm de espesor siempre que sus dos paramentos se hallen revestidos de azulejos hasta 1.80 m de altura como mínimo.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663