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Normativa Montevideo
Artículo R.1663
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1663
Articulo R.1663
Las gestiones de incorporación de edificios existentes al régimen prescrito por la Ley Nº 10.751 de la Propiedad Horizontal, se realizarán conforme al siguiente procedimiento administrativo: A) Solicitud de incorporación y autorización para realizar obras de albañilería de adecuación. El interesado presentará su solicitud ante el Servicio de Edificación, Sección Permisos de Construcción, en carpetas duplicadas (originales y copias) debidamente foliadas y correlacionadas en el siguiente orden:
1) plano de mensura del bien;
2) proyecto de división o plano de señalamiento;
3) fachada y cortes;
4) planta;
5) memoria descriptiva;
6) solicitud de permiso de autorización. Los recaudos gráficos, memoria descriptiva y declaración técnica deberán ser suscritos por profesional técnico habilitado y la solicitud por el propietario del bien o por person ahabilitada mediante exhibición del correspondiente poder registrado en el Registro de Poderes, cuya constancia se dejará en el expediente. Informarán por su orden y en las materias de su competencia, las Secciones Alineaciones y Permisos de Construcción del Servicio de Edificación. Si el edificio constare con salones (salones comerciales o industriales), garaje (individual o colectivo) informará sobre esta materia al Servicio Locales Industriales y Comerciales. El Servicio de Edificación apreciará estrictamente el ajuste y cumplimiento de lo solicitado a las disposiciones aplicables y producirá su informe elevando lo actuado a consideración del Departamento de Planeamiento Urbano. B) Solicitud de incorporación y autorización para realizar obras sanitarias de adecuación. El interesado presentará su solicitud ante el Servicio de Obras Sanitarias, en carpetas duplicadas (originales y copias) debidamente foliadas y correlacionadas en el siguiente orden:
1) proyecto de división o plano de señalamiento;
2) proyecto de obras sanitarias internas de adecuación;
3) memoria descriptiva;
4) solicitud de permiso de autorización. Los recaudos gráficos, memoria descriptiva, declaración técnica y solicitud deberán ser suscritos por profesional técnico habilitado, instalador sanitario y propietario del bien. El Servicio de Obras Sanitarias producirá su informe técnico y elevará la solicitud al Servicio de Edificación, el que, apreciando estrictamente el ajuste y cumplimiento de lo solicitado a las disposiciones aplicables, producirá informe y elevará lo actuado a consideración del Departamento de Planeamiento Urbano.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663