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Normativa Montevideo

Artículo R.1699.2

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1699.2

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Obras sanitarias / De los Sistemas de Desagües

Articulo R.1699.2

(Instalaciones sanitarias de desagües horizontales en Propiedad Horizontal). Las instalaciones sanitarias de desagües horizontales de uso común podrán atravesar unidades de propiedad individual, siempre que sus puntos de inspección se encuentren en locales o ductos de uso común perfecta y fácilmente accesibles. Tal situación quedará expresamente documentada en el Reglamento de Copropiedad y Plano de Fraccionamiento en Propiedad Horizontal.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663