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Normativa Montevideo

Artículo R.1699.7

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1699.7

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Obras sanitarias / De los Sistemas de Desagües

Articulo R.1699.7

(Diámetro de la cañería principal y de los ramales).- El diámetro interior de la cañería principal de un edificio será mayor o igual a 100 mm. El diámetro máximo admisible será aquel que sea compatible con el caudal a desaguar sin tener que trabajar la cañería a presión. Las cañerías de desagüe de inodoros serán, como mínimo y en todos los casos, de 100 mm de diámetro interior y se las comunicará directamente con la cañería principal domiciliaria.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663