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Normativa Montevideo
Artículo R.1718.14
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1718.14
Articulo R.1718.14
(Instalación de depósitos de reserva de agua potable). La instalación de depósitos de reserva de agua potable será obligatoria cuando OSE no pueda asegurar un suministro continuo, o cuando la presión de servicio en el punto de conexión no asegure la presión mínima de 1 metro de columna de agua en el punto más comprometido de la instalación sanitaria.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663