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Normativa Montevideo

Artículo R.1718.17

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1718.17

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Obras sanitarias / Del Abastecimiento de Agua

Articulo R.1718.17

(Materiales para la construcción de los depósitos de reserva). Podrán realizarse en hormigón armado, revocados y perfectamente lustrados en su interior. Las tapas laterales serán de hierro fundido u otros materiales aprobados y llevarán bulones de sujeción y elementos que aseguren la estanqueidad. La horquilla se deberá construir, cuando quede expuesta a la intemperie, en tuberías metálicas aprobadas así como también la alimentación, el rebose y ventilaciones correspondientes. El marco y tapa de inspección del flotador será de hormigón u otro material aprobado para ese fin. En el caso de depósitos prefabricados, regirá la Norma UNIT 559/83.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663