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Normativa Montevideo

Artículo R.1720.16

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1720.16

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Obras sanitarias / De los Interceptores y Decantadores

Articulo R.1720.16

(Interceptores de grasas colectivos) . Los interceptores de grasa colectivos, en general, serán de sección rectangular (relación mínima ancho/largo 2:1), realizados en materiales que por su rigidez, facilidad de limpieza y cuyo comportamiento cumpla con las características de impermeabilidad y durabilidad para este tipo de artefactos. La geometría de los interceptores no queda limitada exclusivamente a lo establecido en el presente artículo. En caso de adoptarse otra, deberá garantizarse que los fenómenos de retención de grasas y sólidos sean similares a los logrados en unidades de sección rectangular. La tapa de cierre o acceso del interceptor deberá ser tal que asegure la hermeticidad de la unidad. En caso de cierre hidráulico la capacidad mínima de aguas será de 4 lts. y 0.03 mts. de cierre hidráulico.
Notas
(Interceptores de grasas colectivos). Los interceptores de grasa colectivos, en general, serán de sección rectangular (relación mínima ancho/largo 2:1), realizados en materiales que por su rigidez, facilidad de limpieza y cuyo comportamiento cumpla con las características de impermeabilidad y durabilidad para este tipo de artefactos. La geometría de los interceptores no queda limitada exclusivamente a lo establecido en el presente artículo. En caso de adoptarse otra, deberá garantizarse que los fenómenos de retención de grasas y sólidos sean similares a los logrados en unidades de sección rectangular. La tapa de cierre o acceso del interceptor deberá ser tal que asegure la hermeticidad de la unidad. En caso de cierre hidráulico la capacidad mínima de aguas será de 4 lts. y 0.03 mts. de cierre hidráulico.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663