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Normativa Montevideo
Artículo R.1730.20.1
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1730.20.1
Articulo R.1730.20.1
Los beneficiarios tendrán un plazo máximo de 90 (noventa) días para la realización de las obras descritas en el artículo R.1730.2, el que se contará a partir de la entrega de los materiales en el domicilio objeto del préstamo. En casos excepcionales, a solicitud del beneficiario y previo informe del Equipo Técnico, el responsable podrá otorgar una única prórroga que no excederá de otros 30 (treinta) días a partir del vencimiento del plazo original.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663