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Normativa Montevideo

Artículo R.1730.9.2

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1730.9.2

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / Fondo de Saneamiento

Articulo R.1730.9.2

De acuerdo a las condiciones que se establecen en la presente reglamentación los beneficiarios podrán obtener subsidios totales de 100 % (cien por ciento), o parciales de un 75 % (setenta y cinco por ciento) del costo de los materiales necesarios para la realización de la obra. En cada caso, corresponde que las partes involucradas firmen un convenio que detalle las condiciones del beneficio.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663