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Normativa Montevideo

Artículo R.1764

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1764

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / De los campos deportivos-estadios / Disposiciones generales

Articulo R.1764

Definición. Se denomina estadio o campo deportivo a los lugares públicos cerrados, cubiertos o descubiertos, dotados de plateas, tribunas, taludes, etc., destinados al espectáculo y la práctica de fútbol, básquetbol, voleibol, box, etc.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663