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Normativa Montevideo

Artículo R.1894.1.1

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1894.1.1

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / De las disposiciones referentes a la accesibilidad para todas las personas en los espacios urbanos y en las edificaciones / Disposiciones Generales

Articulo R.1894.1.1

Normativa aplicable. Es de aplicación la Norma UNIT 200, a excepción de aquellos casos que se indican y detallan expresamente en la presente reglamentación. La Norma UNIT 200 corresponde a la versión vigente al primer día hábil de enero del año en curso.(*) Los ascensores y otros dispositivos de accesibilidad de transporte vertical de personas, deben cumplir con lo dispuesto en los artículos D.4216.1 a D.4216.58 (Decreto 34.812 de 21 de octubre de 2013 y sus modificativos) y con la presente reglamentación.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663