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Normativa Montevideo

Artículo R.1894.16

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1894.16

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / De las disposiciones referentes a la accesibilidad para todas las personas en los espacios urbanos y en las edificaciones / Disposiciones generales en edificaciones para obras a reformar, ampliar o reciclar, cambios de destino y habilitaciones / Condiciones de accesibilidad en edificaciones

Articulo R.1894.16

Cambios de destino. En las intervenciones que se generen cambios de destino con o sin obra a realizar, se debe cumplir con lo dispuesto en los Capítulos I y III del presente Título, en función del nuevo destino. En ningún caso se admitirán modificaciones en detrimento de la accesibilidad existente.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663