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Normativa Montevideo
Artículo R.1894.27
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1894.27
Articulo R.1894.27
Procedimiento para la demolición. El Servicio de Actividades Contenciosas de la División Asesoría Jurídica tendrá a su cargo la promoción de las acciones judiciales tendientes a obtener autorización para realizar el procedimiento de demolición, fundadas en lo establecido en los instrumentos de ordenamiento territorial y el artículo 620 del Código Civil . Dicho Servicio actuará a tales efectos a solicitud del Servicio de Contralor de la Edificación.
Procedimiento para la demolición. El Servicio de Actividades Contenciosas de la División Asesoría Jurídica tendrá a su cargo la promoción de las acciones judiciales tendientes a obtener autorización para realizar el procedimiento de demolición, fundadas en lo establecido en los instrumentos de ordenamiento territorial y el artículo 620 del Código Civil. Dicho Servicio actuará a tales efectos a solicitud del Servicio de Contralor de la Edificación.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663