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Normativa Montevideo
Artículo R.1903.1
Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1903.1
Articulo R.1903.1
ETAPAS DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN. En función del destino, zona de implantación, características del emprendimiento y tipología del trámite, la gestión del Permiso de Construcción podrá componerse de: 1- Certificación de Información Territorial. 2- Autorización de las condiciones de implantación Urbano-Territoriales. 3- Autorización de los aspectos edilicios de habitabilidad, higiene, seguridad y accesibilidad de las construcciones según las Fases que correspondan, en función de la propuesta presentada. Las gestiones en los numerales 1 y 2 no habilitan al inicio de obra. En aquellas Fases, en las que se indique expresamente en los manuales o instructivos correspondientes, se deberá contar con la Certificación de Información Territorial (Información territorial, Constancia Patrimonial, según corresponda) para dar inicio a la gestión.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663