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Normativa Montevideo

Artículo R.1903.1

Volumen XV Planeamiento de la Edificación. · Volumen XV Planeamiento de la Edificación.

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos2331
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen XV Planeamiento de la Edificación., art. R.1903.1

Planeamiento de la Edificación. / Del Planeamiento de la Edificación / Reglamentaria / De los permisos de implantación y/o construcción / Del trámite para la autorización de los servicios

Articulo R.1903.1

ETAPAS DEL PERMISO DE CONSTRUCCIÓN. En función del destino, zona de implantación, características del emprendimiento y tipología del trámite, la gestión del Permiso de Construcción podrá componerse de: 1- Certificación de Información Territorial. 2- Autorización de las condiciones de implantación Urbano-Territoriales. 3- Autorización de los aspectos edilicios de habitabilidad, higiene, seguridad y accesibilidad de las construcciones según las Fases que correspondan, en función de la propuesta presentada. Las gestiones en los numerales 1 y 2 no habilitan al inicio de obra. En aquellas Fases, en las que se indique expresamente en los manuales o instructivos correspondientes, se deberá contar con la Certificación de Información Territorial (Información territorial, Constancia Patrimonial, según corresponda) para dar inicio a la gestión.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82663
ReferenciaVolumen XV Planeamiento de la Edificación.
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82663