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Normativa Montevideo
Artículo R.101.1
Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.101.1
Articulo R.101.1
Formalidades de la notificación practicada por correo electrónico. La notificación por correo electrónico podrá practicarse en aquellos casos en que la persona interesada hubiere prestado la previa conformidad que se expresará por escrito en la actuación correspondiente, de la cual dejará constancia el/la funcionario/a de la dependencia que la recabe.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982