Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.113.34
Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.113.34
Articulo R.113.34
(De las Sesiones). La Comisión sesionará en forma ordinaria dos veces al año, con una frecuencia semestral y en forma extraordinaria cada vez que se requiera.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982