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Normativa Montevideo
Artículo R.113.35
Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.113.35
Articulo R.113.35
(Convocatoria de Miembros Alternos). Los representantes de las unidades productoras de los documentos que integrarán la Comisión en calidad de Miembros Alternos, serán convocados por intermedio del Archivo Central, a propuesta de la propia unidad productora, teniendo en cuenta la especificidad de los asuntos administrativos a valorar.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982