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Normativa Montevideo

Artículo R.126.1

Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.126.1

Procedimiento.Competencia / Del procedimiento / Reglamentaria / Del procedimiento disciplinario / De los sumarios e investigaciones administrativas

Articulo R.126.1

(Deber funcional de reserva). Durante la información de urgencia y el procedimiento disciplinario abreviado, la investigación administrativa y el sumario, rige el deber funcional de reserva con el alcance previsto en el artículo D.49 del Digesto Departamental, salvo las excepciones que las normas dispongan, y comprende al personal de la Unidad Sumarios, de la dependencia encargada de la instrucción y a todo otro funcionario que por cualquier motivo o circunstancia tuviese conocimiento de alguna resultancia del procedimiento respectivo
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982