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Normativa Montevideo

Artículo R.159.3

Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.159.3

Procedimiento.Competencia / Del procedimiento / Reglamentaria / Del procedimiento en materia de derechos autorales de la IM / De los derechos autorales

Articulo R.159.3

Todos los impresos realizados por el Servicio de Imprenta y Reproducciones, tanto los destinados a uso interno como externo, llevarán la mención “Servicio de Imprenta y Reproducciones - Intendencia de Montevideo. Derechos reservados”, pudiendo sustituir la denominación de la Comuna por la sigla “I.M.", agregando el escudo departamental. Todo otro tipo de obras realizadas por las restantes dependencias del carácter de las comprendidas en el artículo R. 159.1 , deberán contener la mención respectiva.
Notas
Todos los impresos realizados por el Servicio de Imprenta y Reproducciones, tanto los destinados a uso interno como externo, llevarán la mención “Servicio de Imprenta y Reproducciones - Intendencia de Montevideo. Derechos reservados”, pudiendo sustituir la denominación de la Comuna por la sigla “I.M.", agregando el escudo departamental. Todo otro tipo de obras realizadas por las restantes dependencias del carácter de las comprendidas en el artículo R. 159.1, deberán contener la mención respectiva.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982