Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.16.1
Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.16.1
Articulo R.16.1
DIVISION ASESORIA DE DESARROLLO MUNICIPAL Y PARTICIPACION La División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación dependerá directamente de el/la Intendente/a, siendo su vinculación administrativa a través de la Secretaría General. Dependerán de la División Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación: - Equipo Técnico de Gestión - Unidad de Planificación y Participación Descentralizada - Unidad de Transporte - Unidad Proyecto "Cohesión Social y Desarrollo Territorial y Sustentable en la Cuenca del Arroyo Carrasco". - Secretaría de Educación Física, Deporte y Recreación, de quien dependerá en forma directa el Servicio de Guardavidas y el Velódromo de Montevideo " Atilio François".
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982