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Normativa Montevideo
Artículo R.19.56
Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.19.56
Articulo R.19.56
Al Departamento de Planificación compete: 1. Incorporar, contextualizar, sistematizar y articular las iniciativas y requerimientos provenientes de las áreas de actuación centralizada y descentralizada de la Intendencia de Montevideo, de otros ámbitos públicos (nacionales, metropolitanos y departamentales) con efectos relevantes en el territorio o en la gestión, así como de los ámbitos de la sociedad civil. 2. Establecer y desarrollar el sistema de planificación territorial departamental, en el marco de las disposiciones establecidas por la Ley No. 18.308 . 3. Establecer un sistema de planificación estratégica, en un proceso participativo y permanente que atienda los ámbitos local, departamental, metropolitano y nacional. 4. Recopilar, procesar, sistematizar y analizar la información territorial y catastral, participando en los sistemas nacionales de Estadísticas e Información Geográfica, como insumo para la planificación y la gestión. (*) 5. Recopilar y procesar la información de gestión, como insumo para el análisis y asesoramiento en la toma de decisiones por parte de la Intendencia de Montevideo. 6. Definir proyectos estratégicos de promoción y desarrollo y diseñar políticas de mediano y largo plazo sobre pautas previamente acordadas con el/la Intendente/a y gestionar proyectos que le fueran asignados por el/la Intendente/a. 7. Coordinar, ordenar, distribuir y priorizar las políticas centrales o sectoriales que conformen el proceso de descentralización en acuerdo con los Gobiernos Municipales. 8. A través de la Unidad Coordinación Transversal Estratégica: a) La coordinación y supervisión de los procesos, programas y proyectos priorizados y encomendados por la Dirección General del Departamento. b) Propiciar la articulación entre las Gerencias y sus ámbitos, proponiendo asimismo procedimientos y/o protocolos. 9. A través de la Unidad de Gestión Presupuestal: a) Coordinar y gestionar el presupuesto del Departamento de Planificación. b) Brindar asesoramiento técnico en la materia a la Dirección General del Departamento. c) Apoyar en la elaboración del Presupuesto del Departamento. d) Brindar apoyo metodológico en relación al presupuesto a la División, Servicios y Unidades del Departamento. e) Elaborar informes de resultados y de gestión para la Dirección General del Departamento.
Al Departamento de Planificación compete:
1. Incorporar, contextualizar, sistematizar y articular las iniciativas y requerimientos provenientes de las áreas de actuación centralizada y descentralizada de la Intendencia de Montevideo, de otros ámbitos públicos (nacionales, metropolitanos y departamentales) con efectos relevantes en el territorio o en la gestión, así como de los ámbitos de la sociedad civil.
2. Establecer y desarrollar el sistema de planificación territorial departamental, en el marco de las disposiciones establecidas por la Ley No. 18.308.
3. Establecer un sistema de planificación estratégica, en un proceso participativo y permanente que atienda los ámbitos local, departamental, metropolitano y nacional.
4. Recopilar, procesar, sistematizar y analizar la información territorial y catastral, participando en los sistemas nacionales de Estadísticas e Información Geográfica, como insumo para la planificación y la gestión. (*)
5. Recopilar y procesar la información de gestión, como insumo para el análisis y asesoramiento en la toma de decisiones por parte de la Intendencia de Montevideo.
6. Definir proyectos estratégicos de promoción y desarrollo y diseñar políticas de mediano y largo plazo sobre pautas previamente acordadas con el/la Intendente/a y gestionar proyectos que le fueran asignados por el/la Intendente/a.
7. Coordinar, ordenar, distribuir y priorizar las políticas centrales o sectoriales que conformen el proceso de descentralización en acuerdo con los Gobiernos Municipales.
8. A través de la Unidad Coordinación Transversal Estratégica:
a) La coordinación y supervisión de los procesos, programas y proyectos priorizados y encomendados por la Dirección General del Departamento.
b) Propiciar la articulación entre las Gerencias y sus ámbitos, proponiendo asimismo procedimientos y/o protocolos.
9. A través de la Unidad de Gestión Presupuestal:
a) Coordinar y gestionar el presupuesto del Departamento de Planificación.
b) Brindar asesoramiento técnico en la materia a la Dirección General del Departamento.
c) Apoyar en la elaboración del Presupuesto del Departamento.
d) Brindar apoyo metodológico en relación al presupuesto a la División, Servicios y Unidades del Departamento.
e) Elaborar informes de resultados y de gestión para la Dirección General del Departamento.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982