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Normativa Montevideo

Artículo R.19.59.1

Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.19.59.1

Procedimiento.Competencia / De la organización y de la competencia / Reglamentaria / De la competencia de los órganos de la Intendencia / De los cometidos de los órganos ejecutivos y de sus dependencias

Articulo R.19.59.1

A la Gerencia Tecnología para Ciudades Inteligentes compete: - Impulsar el diseño e implantación de modelos y sistemas de gestión certificados. - Promover la adopción de soluciones innovadoras hacia un Montevideo más sostenible, en concordancia con las políticas que se definen a nivel país. - Proveer una plataforma tecnológica adecuada para brindar soluciones orientadas a la ciudadanía. - Articular diversas iniciativas internas y externas para la integración en una plataforma tecnológica de ciudades inteligentes. - Establecer pautas para la elaboración del Plan de Desarrollo Tecnológico, incluyendo objetivos, prioridades, asignación de recursos y oportunidad de realización, entre otros en coordinación con la Dirección General del Departamento y la Gerencia de Tecnología de la Información.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982