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Normativa Montevideo

Artículo R.19.63

Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.19.63

Procedimiento.Competencia / De la organización y de la competencia / Reglamentaria / De la competencia de los órganos de la Intendencia / De los órganos asesores y de contralor

Articulo R.19.63

A la Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación compete: 1.- Contribuir a la consolidación de los Gobiernos Municipales en tanto tercer nivel de gobierno y al fortalecimiento de escenarios de participación ciudadana como canales de expresión de opiniones y demandas vecinales de escala municipal y departamental. 2.- Favorecer la coordinación de acciones en el territorio entre la Intendencia de Montevideo y los Gobiernos Municipales del Departamento que posibiliten el desarrollo de políticas públicas territoriales y sociales acordes a los planes de gobierno y a las realidades emergentes. 3.- Crear un ámbito transversal de coordinación sobre Política Departamental de Participación Ciudadana, que facilite el intercambio y la reflexión intrainstitucional y elabore orientaciones estratégicas para el diseño y seguimiento de las acciones departamentales en materia de participación ciudadana. 4.- Propender a la formación y capacitación permanente, al fortalecimiento de canales de comunicación y participación entre los agentes de gobierno, funcionarios de la Intendencia y ciudadanía, con el objetivo de que las políticas públicas promuevan la acción colectiva y respondan a su vez a las demandas e intereses sociales. 5.- Fortalecer los espacios de articulación entre los Gobiernos Municipales y la Intendencia con la finalidad de procesar satisfactoriamente la descentralización y desconcentración de servicios y programas para la consolidación de las áreas de gestión, comunicación, promoción de la participación ciudadana y relacionamiento nacional y regional. 6.- Promover la participación ciudadana articulando enfoques y criterios con las diversas áreas de la Intendencia que impulsan acciones participativas. 7.- Fortalecer escenarios e instrumentos de participación que permitan el desarrollo de iniciativas departamentales, la expresión de propuestas y el control de la gestión departamental. 8.- Fomentar iniciativas de intercambio, articulación de experiencias de relacionamiento nacional y regional y debate colectivo sobre los procesos de descentralización y participación ciudadana. 9.- Proponer en forma permanente ajustes de la práctica institucional en materia de descentralización y participación ciudadana, en orden a los objetivos institucionales y de gobierno. 10.- Fortalecer el Equipo Técnico de Gestión como ámbito de apoyo a los Gobiernos Muncipales a través de sus distintos programas: Asesoramiento y Apoyo a la Gestión Municipal, Información y Datos, Formación Permanente. 11.- Fortalecer la Unidad de Planificación y Participación Descentralizada como ámbito de desarrollo de estrategias de planificación y participación ciudadana a nivel municipal y departamental, a través de sus diversos programas: Asesoramiento y Apoyo a los Gobiernos Municipales, Presupuesto Participativo, Apoyo a los Concejos Vecinales, Formación Actores Locales, Construcción de Multimedia Municipales, Webcinos. 12.- Mantener en funcionamiento la Unidad de Transporte hasta su descentralización, facilitando la disposición y mantenimiento de la flota de camiones de acuerdo a las prioridades establecidas por los Gobiernos Municipales. 13.- Apoyar los procesos y procedimientos para la implementación de nuevos servicios y programas en los Servicios Centro Comunales Zonales y en las oficinas municipales. 14.- Implementar un área de apoyo a programas y servicios municipales facilitando respuestas centralizadas de acuerdo a las prioridades y requerimientos de los Gobiernos Municipales. 15.- Sistematizar información sobre servicios y programas municipales de manera de construir una base de datos integrada de los ocho Gobiernos Municipales. 16.- Promover programas de formación permanente en coordinación con el Centro de Formación y Estudios (ex-Instituto de Estudios Municipales) de acuerdo a las necesidades de formación relevada por los Gobiernos Municipales. 17.- Apoyar a los Gobiernos Municipales, en coordinación con la División Planificación Estratégica, en la elaboración de sus planes de desarrollo, así como en la gestión y seguimiento de sus programas de participación ciudadana. 18.- Fortalecer la iniciativa ciudadana a través de programas de presupuesto participativo que fomenten la elaboración y ejecución de proyectos de escala local y departamental. 19.- Promover la acción colectiva y organizada de personas, grupos, organizaciones locales, a través de procesos de formación y capacitación en áreas temáticas sustantivas para el ejercicio de ciudadanía activa y desarrollo de proyectos. 20.- Apoyar los procesos de organización y planificación de objetivos y líneas estratégicas de los Concejos Vecinales como interlocutores privilegiados de la acción de los Gobiernos Municipales y de la Intendencia de Montevideo. 21.- Facilitar a personas, grupos y organizaciones el acceso y uso de diversas herramientas de comunicación social para garantizar la difusión de iniciativas, inquietudes, opiniones y propuestas elaboradas a nivel local y departamental.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982