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Normativa Montevideo
Artículo R.7
Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.7
Articulo R.7
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO URBANO. Del Departamento de Desarrollo Urbano dependerán las siguientes: GERENCIA: -Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción DIVISIONES: - Espacios Públicos - Tierras y Hábitat Dependerán asimismo de la Dirección General del Departamento en línea directa las Unidades de Técnica de Alumbrado Público, la Oficina Central, el Secretariado de Seguridad y Salud, la Unidad de Coordinación y Apoyo Operativo, la Oficina de Proyectos del Departamento de Desarrollo Urbano, la Unidad de Gestión de Acceso al Suelo Urbano, la Unidad Compras y Adjudicaciones, la Unidad de Policía Territorial y las Unidades Nuevo Mercado y ex-Mercado Modelo. Además dependerá en línea asesora la Oficina de Apoyo y Gestión Presupuestal. Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción De la Gerencia de Permisos de Implantación y Construcción dependerán las siguientes: - Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones - Servicio de Contralor de la Edificación - Unidad de Estudios de Impacto Territorial Del Servicio de Regulación Territorial de las Implantaciones dependerá el Sector Implantaciones urbanoterritoriales, la Unidad Viabilidad de Usos y el Equipo de Gestión Patrimonial. División Espacios Públicos De la Dirección de la División Espacios Públicos dependerán directamente la Unidad Gestión del Espacio Modelo (UGEM) y la Gerencia de Gestión de Espacios Públicos y los siguientes SERVICIOS: - Obras - Planificación, Gestión y Diseño - Áreas Verdes Dependerá asimismo de la División Espacios Públicos en línea asesora el Equipo Técnico Auditoría y Certificación de Productos. División Tierras y Hábitat La División Tierras y Hábitat tendrá a su cargo las siguientes dependencias: -Servicio de Tierras y Vivienda (STV); -Unidad Ejecutora de Urbanización de Tierras para Vivienda (UTV). -Unidad de Asesoramiento para la Regularización de la Propiedad y Diseño Participativo del Hábitat. -Unidad Especial Ejecutora de Atención al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares Del Servicio Tierras y Vivienda dependerán jerárquicamente en línea directa las siguientes Unidades: - Gestión de Cartera de Tierras y Permisos de Construcción de Vivienda de Interés Social - Rehabilitación Urbana - Relocalización - Regularización de la Vivienda Social y Barrios Departamentales De la Coordinación Ejecutiva de la Unidad Especial Ejecutora de Atención al Programa de Integración de Asentamientos Irregulares dependerá la Unidad Ejecutora de Programas Barriales Integrales
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982