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Normativa Montevideo

Artículo R.80

Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.80

Procedimiento.Competencia / Del procedimiento / Reglamentaria / Del procedimiento administrativo / De la finalización / Formalidades del Acto Administrativo

Articulo R.80

Numeración de las resoluciones. Las resoluciones dictadas por las autoridades departamentales o municipales serán numeradas correlativamente en series anuales. Cada serie se iniciará con el número 1, y se caracterizará con el agregado de las dos últimas cifras del año correspondiente precedido por una barra oblicua. Con excepción de las Resoluciones dictadas por el/la Intendente/a, a continuación y separado por otra barra oblicua, se añadirá el Código de Unidad de la dependencia emisora.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982