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Normativa Montevideo

Artículo R.81

Volumen II Procedimiento.Competencia · Volumen II Procedimiento.Competencia

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos411
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen II Procedimiento.Competencia, art. R.81

Procedimiento.Competencia / Del procedimiento / Reglamentaria / Del procedimiento administrativo / De la finalización / Formalidades del Acto Administrativo

Articulo R.81

Resoluciones en ejercicio de facultades delegadas. Las resoluciones emitidas en ejercicio de facultades delegadas serán numeradas de la manera que se indica en el artículo anterior. Deberán indicar asimismo la correspondiente resolución delegatoria, y se reputarán a todos los efectos como dictadas por el órgano delegante.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:82982
ReferenciaVolumen II Procedimiento.Competencia
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A82982