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Normativa Montevideo

Artículo 232

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 232

Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales / Congreso de Intendentes / Reglamento de Funcionamiento del Congreso de Intendentes y normas modificativas y complementarias

Articulo 232

El Plenario recibirá en audiencia exclusivamente a los jerarcas máximos de Organismos Públicos. La Mesa del Congreso coordinará los temas a tratar y la duración de la entrevista.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335