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Normativa Montevideo
Artículo 305
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 305
Articulo 305
En las expropiaciones a que se refiere esta ley(*) no se aplicarán los artículos: 1, incisos A) y C), de la ley No. 9.328, de 24 de marzo de 1934; de la ley No.13.241 , del 31 de enero de 1964 y 3 de la ley 13.319 , del 29 de diciembre de 1964.
En las expropiaciones a que se refiere esta ley(*) no se aplicarán los artículos: 1, incisos A) y C), de la ley No. 9.328, de 24 de marzo de 1934; de la ley No.13.241, del 31 de enero de 1964 y 3 de la ley 13.319, del 29 de diciembre de 1964.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335