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Normativa Montevideo

Artículo 514

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 514

Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales / Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales / Unidad Centralizada de Adquisición de Medicamentos y Afines del Estado (UCAMAE) Ley No. 17.930 (parcial)

Articulo 514

En caso de los organismos no comprendidos en el Presupuesto Nacional, facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a retener de cualquier partida que el Tesoro Nacional tenga a su favor, el precio de las adquisiciones que hubieren éstos realizados mediante este procedimiento de compra.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335