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Normativa Montevideo

Artículo 591

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 591

Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales / Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales / Descentralización Política y Participación Ciudadana / Sede de los Gobiernos Municipales. Resolución 1895/10 y modificativa

Articulo 591

Asignar al funcionamiento de los Gobiernos Municipales del Departamento de Montevideo, los siguientes locales de propiedad departamental, en los que se instalará la sede de los mismos: 1) Municipio "A": Mercadito Victoria (Biblioteca), Av. Carlos María Ramírez esq. Rivera Indarte, antes CCZ 14; 2) Municipio "B": Dr. Joaquin Requena No. 1701; 3) Municipio "C": CCZ 15, Luis A. de Herrera No. 4547 4) Municipio "CH": Brito del Pino 1590, "ex local de la Asociación Cristiana de Jóvenes Femenina"; 5) Municipio "D": CCZ 11, Gral. Flores 4694 esq. Bage (Local Junta); 6) Municipio "E": Estadio Charrúa, Av. Bolivia s/n; 7) Municipio "F": Av. 8 de Octubre 4700 esq. Marcos Sastre; 8) Municipio "G": Región Oeste, Camino Castro y María Orticoechea (Prado Chico).
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335