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Normativa Montevideo
Artículo 673
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 673
Articulo 673
Las competencias de la Comisión de Coordinación del Arbolado y Áreas Verdes serán, respecto al mantenimiento de los espacios públicos: a) Proponer y aconsejar los criterios técnicos generales para la elaboración de los pliegos y memorias para las diferentes licitaciones o convenios para el mantenimiento de los espacios públicos a nivel municipal; b) Proponer las bases para la elaboración presupuestal municipal, según cantidad y características de los espacios públicos existentes y a crear en el territorio del municipio; c) Proponer obras de mejora, vigilancia y acondicionamiento de espacios públicos ubicados en el ámbito territorial del municipio, en el marco de los planes generales.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335