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Normativa Montevideo

Artículo 682

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 682

Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales / Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales / Descentralización Política y Participación Ciudadana / Escenarios Populares que realicen Espectáculos de Carnaval. Decreto 33.984

Articulo 682

En caso de incumplimiento de lo estipulado precedentemente y sin perjuicio de las restantes medidas que se consideren pertinentes, los organizadores del Escenario Popular en cuestión no contarán con el apoyo financiero de la Intendencia Departamental de Montevideo en la programación de los espectáculos del carnaval inmediato siguiente.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335