Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo 683.8

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 683.8

Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales / Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales / Descentralización Política y Participación Ciudadana / De los Centros Culturales o Casas de Vecinos

Articulo 683.8

Mantenimiento del Local. Las tareas de mantenimiento, limpieza, seguridad y vigilancia serán de cargo del Gobierno Municipal, o de la Organización Social, de acuerdo al convenio que se celebre. En caso de que el Gobierno Municipal realice esas tareas, serán efectuadas directamente por personal municipal, o mediante convenios socio educativos laborales, o contratos directos con Cooperativas Sociales del Mides.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335