Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo 712.3.3

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales · Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos971
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales, art. 712.3.3

Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales / Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales / Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales / Clasificación de Información Reservada

Articulo 712.3.3

Se clasificará como información confidencial, de acuerdo con el artículo 10º, apartado I), literal A de la Ley Nº 18.381 , la que refiera al inicio de juicios ejecutivos por adeudos de tributos departamentales, desde el momento de la presentación de la correspondiente demanda. Exceptúase del alcance de esta declaración a la información que la Intendencia esté obligada a proporcionar contractualmente, relacionada con sistemas de protección de créditos.
Notas
Se clasificará como información confidencial, de acuerdo con el artículo 10º, apartado I), literal A de la Ley Nº 18.381, la que refiera al inicio de juicios ejecutivos por adeudos de tributos departamentales, desde el momento de la presentación de la correspondiente demanda. Exceptúase del alcance de esta declaración a la información que la Intendencia esté obligada a proporcionar contractualmente, relacionada con sistemas de protección de créditos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:86335
ReferenciaVolumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A86335