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Normativa Montevideo
Artículo 25
Régimen Punitivo Departamental · Régimen Punitivo Departamental
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos29
ColecciónRégimen Punitivo Departamental
JurisdicciónMontevideo
Régimen Punitivo Departamental, art. 25
Articulo 25
Artículo 25. SUSPENSION DE LAS AUTORIZACIONES O HABILITACIONES.- Cuando por razones de interés general y la gravedad de los hechos lo justifiquen el Intendente previa confirmación de la multa respectiva, podrá disponer además, la suspensión transitoria de las autorizaciones o habilitaciones otorgadas, impidiendo en su caso, el funcionamiento de los locales respectivos pertenecientes a las personas físicas o jurídicas, que se niegan al pago de multas hasta tanto no procedan a abonarlas.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:regimen-punitivo
ReferenciaRégimen Punitivo Departamental
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Aregimen-punitivo