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Normativa Montevideo

Artículo 11.1

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Cita

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 11.1

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales / Normas Generales de Derecho Tributario Departamental / Derecho Tributario Material / Pago de las Obligaciones Fiscales / Normas Departamentales

Articulo 11.1

(Vencimiento del plazo de cobro descentralizado). Establécese que los días sábado, los días declarados feriados laborables según la Ley 12.590 y sus modificativas y el día que se conmemora el Día de los Municipios de América, serán considerados como hábiles a los efectos del vencimiento de las facturas incorporadas al sistema descentralizado de cobro.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid