Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo 18.21

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Cita

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 18.21

Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales / Normas Generales de Derecho Tributario Departamental / Derecho Tributario Material / Tribunal de Quitas y Esperas

Articulo 18.21

Modificar los numerales 1 y 2 de la Resolución No. 1007/04 de 11 de marzo de 2004, estableciendo que el ámbito a que se hace referencia se integra con los Directores Generales de los Departamentos de Recursos Financieros y de Descentralización y con el Director de la Asesoría Jurídica.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid