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Normativa Montevideo
Artículo 289
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 289
Articulo 289
(Solicitud de permiso). La solicitud de permiso deberá ser presentada por el propietario del edificio, adjuntándole un proyecto completo formulado por una firma instaladora autorizada, aportando los siguientes elementos: a) - plano de elevación a escala 1:50; b) - plano de la planta a escala 1:10; y, c)- plano esquemático del edificio indicando las paredes medianeras y la posición del ascensor dentro del mismo. Obligatoriamente, el proyecto deberá contener por lo menos los datos siguientes, indicados en una memoria o en el plano respectivo, el cual deberá ser aprobado por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, antes de darse comienzo a los trabajos de instalación: a) - potencia en H.P.; b) - capacidad máxima; c) - pesos aproximados de la cabina y del contrapeso; d) - número y característica de los cables; e) - velocidad máxima, en metros por minuto; f) - área útil del piso de la cabina; g) - recorrido; h) - profundidad del pozo; i) - distancia entre el límite superior del pasadizo y el piso más elevado servido por el ascensor; j) - descripción de todos los dispositivos de seguridad exigidos en este Decreto; k) - sistema comando; l) - dispositivo de nivelación automática, si la hubiera; m) - sistema de puertas y cierre; n) - destino del edificio; ñ) - reacciones de apoyo; y o) - número del permiso de construcción e indicación de la capacidad de transporte proyectada autorizada.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid