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Normativa Montevideo
Artículo 319
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales · Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1990
ColecciónTOTID
JurisdicciónMontevideo
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales, art. 319
Articulo 319
(Consultorio Jurídico pertenecientes a la Facultad de Derecho). Facúltese a la Intendencia de Montevideo a exonerar al Consultorio Jurídico, perteneciente la Facultad de Derecho del pago de los sellados y/o timbres de las tramitaciones que se realicen ante la comuna.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:totid
ReferenciaTexto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Atotid